martes, 2 de diciembre de 2014

Mis deberes y derechos como aprendiz SENA.

Caso 3

   1. En este caso el representante debe apoyarse en el capítulo 3, artículo  9 donde se mencionan los deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación.
   2. El reglamento dice que el aprendiz debe verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.

El Usuario y la Contraseña suministrado al aprendiz por la Entidad, para el acceso a la plataforma virtual son de uso personal exclusivo, por lo tanto no debe transferirse a otras personas. El mal uso de esta información es de nuestra competencia directa y se debe  asumir por ello las responsabilidades correspondientes.

    3. visita técnica
Los aprendices no están obligados a  participar de las visitas técnicas,  pero si es un  beber que está en el reglamento y  dice así:
  •  Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.
      
      Caso 4

          1. Medidas formativas

Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA cuando se trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o disciplinario, sin afectar los deberes, derechos y prohibiciones, o que se adopta con el fin de prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el desempeño académico o en el comportamiento disciplinario del Aprendiz.

Estas son:
    1.      Llamado de atención verbal
    2.      Plan de Mejoramiento académico
    3.      Plan de mejoramiento disciplinario

    2. sanciones
Las sanciones son las medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta.

Estas son:

      ·         Llamado de atención escrito: Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un aprendiz.

      ·         Condicionamiento de la matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en  el Reglamento.


   3. Estímulos e incentivos

Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje, actitudinal, investigativo, innovador o profesional.

Estos son:
  •  Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante su proceso de aprendizaje.
  • Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.
  • Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su excelente desempeño académico y actitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora.
  • Cuando termine su proceso formativo y cumpla el perfil y requisitos necesarios para llegar ser instructor, formará parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.




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